Iuspositivismo vs Iusnaturalismo. Crítica de Errázuriz, a la Teoría Pura del Derecho de Kelsen. Karina Varela Donath






Comentarios

  1. Estimada Karina: Me alegra mucho que disfrute ser protagonista de su aprendizaje. No es recomendable ser autodidacta, pero menos recomendaría caer en una especie de "paternalismo" en relación con el Profesor. Aquí si vale el justo medio, expresado coloquialmente: "Ni tanto, tanto que queme al santo; ni tanto, tanto que no lo alumbre" :-)

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